¿Es legal el intercomunicador para motocicletas?

Cada vez es más frecuente el uso de intercomunicadores para moto, siendo éste un dispositivo que va colocado en el casco, el cual permite entre otros atender llamadas durante la conducción, recibir instrucciones de un GPS, o establecer una comunicación con otros conductores o pasajeros.

No obstante, hay cierta laguna respecto al uso de estos aparatos.

Según el artículo 18, punto 2 del Reglamento General de Circulación:

Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores”.

“Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).”

Aunque podría entenderse que su uso no es legal, siempre y cuando el dispositivo sea homologado, sí se podría utilizar.  En cambio, estaría prohibido la utilización de dispositivos que van pegados o incorporados a los oídos utilizados para percibir sonidos. La sanción puede llegar a los 200€ y a la retirada de 3 puntos del permiso de conducción.